El Estudio de Seguridad y Salud es el documento que define las medidas preventivas adecuadas a los riesgos que conlleva la realización de una obra de construcción, proporcionando a la obra las condiciones idóneas de Seguridad y Salud y protección de los riesgos laborales.
Regulado por el Real Decreto 1627/1997, es un documento obligatorio para muchas obras de construcción y la mejor garantía para prevenir riesgos, proteger a todos los equipos y cumplir con la normativa vigente
Cuándo es obligatorio el Estudio de Seguridad y Salud
El promotor está obligado a contratar un ESS cuando:
El presupuesto de ejecución de la obra supere los 450.000 €
La duración de la obra sea superior a 30 días laborales y se empleen a más de 20 trabajadores simultáneamente.
El volumen total de trabajo supera las 50 jornadas.
La obra incluya túneles, galerías, conducciones subterráneas o presas.